¿Cómo se cancela un CFDI y qué plazo tienes?
Cancelar un CFDI no es borrarlo: es registrar ante el SAT que el comprobante quedó sin efectos. El proceso cambió de manera importante con la versión 4.0 y volvió a ajustarse en 2026, y hoy depende de tres cosas: el motivo que declares, si el receptor tiene que aceptar y cuánto tiempo ha pasado desde que se emitió. Esta guía explica las tres.
Última actualización: 3 de agosto de 2026
Los cuatro motivos de cancelación
Desde CFDI 4.0 no se puede cancelar sin decir por qué. El SAT exige elegir una de cuatro claves, y la primera además obliga a señalar cuál es el comprobante que sustituye al cancelado.
| Clave | Motivo | Cuándo se usa |
|---|---|---|
| 01 | Comprobante emitido con errores con relación | El comprobante tenía un error y ya emitiste otro que lo sustituye. Hay que indicar el folio fiscal del nuevo. |
| 02 | Comprobante emitido con errores sin relación | El comprobante tenía un error y no habrá uno que lo sustituya. |
| 03 | No se llevó a cabo la operación | La venta o el servicio nunca ocurrió. |
| 04 | Operación nominativa relacionada en una factura global | El cliente pidió factura de algo que ya habías incluido en una factura global. |
El orden importa con el motivo 01: primero se emite el comprobante correcto y después se cancela el equivocado señalando el nuevo folio. Al revés no se puede, porque el sistema pide un UUID que todavía no existe.
Cuándo tiene que aceptar el receptor
La regla general es que el receptor debe autorizar la cancelación. Se le avisa por Buzón Tributario y tiene tres días hábiles para aceptar o rechazar. Si no contesta, opera la aceptación tácita y el comprobante se cancela por plazo vencido.
La regla 2.7.1.35 de la Resolución Miscelánea Fiscal mantiene una lista de casos que se pueden cancelar sin pedirle nada al receptor:
- Comprobantes por montos totales de hasta 1,000 pesos.
- CFDI de nómina.
- CFDI de egresos, es decir las notas de crédito.
- Comprobantes emitidos al público en general (con el RFC genérico).
- Comprobantes emitidos a residentes en el extranjero.
En 2026 esta lista se recortó. Los CFDI con Complemento de Pago (REP) quedaron fuera de la facilidad de los 1,000 pesos: hoy se cancelan solo con aceptación del receptor, sin importar el monto. Los comprobantes relacionados con hidrocarburos también quedaron excluidos.
Hasta cuándo puedes cancelar
El plazo máximo es el 31 de enero del ejercicio fiscal siguiente al de la emisión. Una factura de cualquier mes de 2026 se puede cancelar hasta el 31 de enero de 2027. Pasada esa fecha, el comprobante ya no se cancela por ningún medio.
Esto convierte a enero en un mes de cierre real, no solo contable: es la última ventana para depurar los comprobantes mal emitidos del año anterior. Vale la pena revisar la lista de facturas del ejercicio antes de que se cierre.
Si el plazo ya venció y el comprobante estaba mal, la cancelación deja de ser una opción. Lo que queda es corregir el efecto por otras vías —una nota de crédito cuando procede, o el tratamiento que corresponda según el caso— y documentar por qué. Es una conversación con el contador, no un botón.
Los estados por los que pasa una cancelación
Una solicitud de cancelación no es instantánea cuando requiere aceptación. El comprobante puede quedarse varios días en un estado intermedio, y conviene saber leerlo.
| Estado | Qué significa |
|---|---|
| Vigente | El comprobante surte efectos. No se ha cancelado. |
| Cancelable sin aceptación | Cae en alguno de los supuestos de la regla 2.7.1.35: al solicitar la cancelación, se cancela de inmediato. |
| Cancelable con aceptación | Requiere que el receptor autorice. Al solicitarla, arranca el plazo de tres días hábiles. |
| En proceso de cancelación | Ya se solicitó y se está esperando la respuesta del receptor. |
| Cancelado | El comprobante quedó sin efectos fiscales. |
Un comprobante que aparece como "cancelable con aceptación" todavía está vigente. Mientras el receptor no acepte y no venzan los tres días, sigue surtiendo efectos: no lo des por cancelado en tu contabilidad.
Cómo se hace en Kontabot
La cancelación se hace desde la misma lista de facturas emitidas: se elige el comprobante, se selecciona el motivo y, cuando aplica el 01, se indica el que lo sustituye. Kontabot da seguimiento al estatus ante el SAT y guarda el acuse de cancelación, que es el documento que comprueba que el trámite se hizo.
Cancelar nunca está limitado por el plan que tengas contratado. Es una obligación fiscal del contribuyente, no una función premium, y bloquearla dejaría a alguien con un comprobante que no puede corregir.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo máximo para cancelar un CFDI?
El 31 de enero del ejercicio fiscal siguiente al de su emisión. Una factura emitida en 2026 se puede cancelar a más tardar el 31 de enero de 2027; después de esa fecha ya no se puede cancelar por ningún medio.
¿El receptor siempre tiene que aceptar la cancelación?
No siempre. La regla 2.7.1.35 de la RMF permite cancelar sin aceptación los comprobantes de hasta 1,000 pesos, los de nómina, los de egresos, los emitidos al público en general y los emitidos a residentes en el extranjero. En el resto de los casos el receptor tiene tres días hábiles para responder, y si no contesta la cancelación procede por plazo vencido.
¿Se puede cancelar un Complemento de Pago sin aceptación?
Ya no. En 2026 los CFDI con Complemento de Pago quedaron fuera de la facilidad de cancelación por montos de hasta 1,000 pesos, así que requieren aceptación del receptor sin importar el monto.
¿Qué hago si ya venció el plazo y la factura estaba mal?
La cancelación deja de estar disponible. Según el caso puede proceder una nota de crédito o el tratamiento fiscal que corresponda, pero es una decisión que debe tomar el contador con el detalle de la operación a la vista.
Esta guía es de carácter informativo y no constituye asesoría fiscal, legal ni contable. Las disposiciones del SAT pueden cambiar; verifica siempre la normatividad vigente o consulta con un profesional.